CONCESIÓN DEFINITIVA SISTEMA AISLADO


DESCRIPCIÓN

Este servicio tiene como objeto que la SIE emita una recomendación al Poder Ejecutivo, vía la CNE, de Concesión Definitiva mediante resolución de la SIE para otorgar los derechos de instalación, operación y explotación de sistema aislado.

DIRIGIDO A

Los interesados que cumplan con los requisitos técnicos, legales y financieros para dicha solicitud.

RESPONSABLE DE OFRECER EL SERVICIO

Dirección de Fiscalización Mercado Eléctrico Mayorista y Dirección de Asuntos Jurídicos.

CONTACTOS DEL ÁREA RESPONSABLE

concesionesyautorizaciones@sie.gov.do
809-683-2500 ext. 246

REQUERIMIENTOS O REQUISITOS PARA LA SOLICITUD

Todo peticionario, deberá tener domicilio legal en República Dominicana, y deberá presentar su petición por intermedio de su representante legal, debidamente acreditado, personalmente, por ante las oficinas de la SIE, en un (1) original y tres (3) copias debidamente foliados y sellados en cada página como original, copia número uno (1), copia numero dos (2) y copia número tres (3), respectivamente. Toda solicitud de concesión definitiva deberá contener lo siguiente:
a) Carta-solicitud dirigida al presidente de la República, vía la SIE, señalando expresa y detalladamente la petición y los documentos que se adjunten.
b) Antecedentes de la firma que desea ejecutar el proyecto. Para avalar los antecedentes de la firma, en esta etapa, el peticionario deberá presentar los siguientes documentos:
1) Un certificado de existencia legal, emitido en el país de origen de la firma, de ser esta extranjera; en caso de una empresa dominicana, copia certificada de los documentos constitutivos y de las asambleas celebradas hasta la fecha. En ambos casos debe incluir el documento o poder que avale la representación legal.
2) Cualquier documento oficial de la firma que demuestre sus antecedentes financieros.
3) Cualquier documento oficial de la firma que contenga una descripción de sus actividades comerciales.
c) Documento con la descripción del proyecto que contemple:
1) Ubicación de la obra eléctrica adjuntando, de ser el caso, copia de los títulos de propiedad de los terrenos sobre los cuales será construida, o cualquier otra documentación que avale la propiedad o derecho de uso del terreno.
2) Descripción de las obras civiles del proyecto.
3) Tecnología a ser utilizada; en particular, para los proyectos de generación, tipos y composiciones de los combustibles que serán utilizados.
4) Tiempo de vida útil del proyecto y capacidad de producción.
5) Facilidades, Servidumbres, derechos de paso, derechos de uso, etc., requeridos para la instalación del proyecto y cómo se tiene prevista su obtención.
6) Cuando corresponda, la descripción de las obras eléctricas de transmisión que serán requeridas conforme al proyecto y a cargo de quién estará la responsabilidad de su construcción, así como la certificación de la Empresa de Transmisión, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
7) En el caso de obras de generación y transmisión, se deberá presentar un estudio eléctrico que contendrá por lo menos el análisis de corto circuito, flujo de carga y estabilidad del Sistema Interconectado para su aprobación por la SIE. En su defecto el peticionario deberá declarar en su solicitud, de manera expresa, el compromiso de presentar dicho estudio el cual será una condición indispensable para la autorización de puesta en servicio de obras eléctricas. El peticionario deberá hacer constar que, en caso de surgir cualquier incompatibilidad para la interconexión de las obras con el SENI, asumirá los costos que conllevasen su compatibilización.
8) Cronograma de ejecución de las obras y la fecha programada para su puesta en servicio. d) El estudio del impacto ambiental de las obras eléctricas y la correspondiente constancia de recepción del mismo por parte de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales. e) El pago de la tarifa que fije la SIE, por resolución, por concepto de estudio y evaluación de la petición.
Párrafo. – La certificación de no objeción por parte de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente y Recursos Naturales, luego de la evaluación del estudio de impacto ambiental, será una condición indispensable para el otorgamiento de la concesión definitiva para la explotación de obras eléctricas.

 

Establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electricidad 125-01, disponible en la web (https://sie.gob.do/sobre-nosotros/marco-legal/item/leyes-y-reglamentos), artículo 88 y 71.

PROCEDIMIENTO PARA LA SOLICITUD

1. El Solicitante deberá fijar una cita previa con la Dirección de Asuntos Jurídicos de la SIE, a fin de realizar el prechequeo de los requerimientos correspondiente al servicio solicitado.

2. Una vez se apruebe su solicitud en prechequeo previo, realizar pago de servicio con cheque certificado.

3. Completar formulario del servicio solicitado y todos los documentos deben ser entregados/depositados en Secretaria General de la Superintendencia de Electricidad SIE, 1 original y 3 copias de toda la documentación de la solicitud.

4. Para más precisión y ampliación de cualquiera de los requerimientos listados, ver el Art. 82 y 71 del Reglamento de Aplicación de la Ley General de Electricidad.

 

Horario de Prestación del Servicio

Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Costo del Servicio

RD$ 486,000.00

Tiempo de Realización

40 días laborables.

Canal de Prestación del Servicio

Presencial.

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