AUTORIZACIÓN DE GESTORES DE INFRAESTRUCTURA DE RECARGA ELÉCTRICA

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Descripción:

Este servicio permite que el peticionario que cumpla con los requisitos técnicos y legales establecidos en el Reglamento Técnico para Estaciones de Recarga de Vehículos Eléctricos obtenga la debida autorización para ejercer la actividad de gestores de infraestructuras de recarga eléctrica, conforme se define en el Reglamento.

Dirigido a:

A todo aquel que cumpla con los requisitos y deberes establecidos en el Reglamento Técnico para Estaciones de Recarga de Vehículos Eléctricos y desee incursionar como Gestor.

Responsable:

Dirección de Regulación y Dirección de Asuntos Jurídicos.

Contactos del área responsable:

movilidadelectrica@sie.gov.do
Tel. 809-683-2500 ext. 221

Requerimientos o requisitos para la solicitud

  1. Documentos constitutivos de la empresa solicitante: estatutos sociales, acta de asamblea general constitutiva, última acta de asamblea anual de la empresa, acta de transformación o adecuación, y/o lista de suscriptores de acciones de la empresa, y/o nómina de accionistas de la empresa, de cada asamblea según corresponda, debidamente registrados y sellados por la Cámara de Comercio y Producción competente.
  2. Certificado de registro del nombre comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (empresa nacional), o Certificado de existencia legal y vigencia del país de origen, debidamente legalizados por el cónsul dominicano acreditado en el país de origen de la empresa (empresa extranjera), certificados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
  3. Copia certificada del Registro Mercantil vigente, emitida por la Cámara de Comercio y Producción competente.
  4. Certificación vigente del Registro Nacional de Contribuyente (RNC).
  5. Certificación de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales actualizada, emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), que establezca que el solicitante se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones.
  6. Poder especial otorgado al representante legal del solicitante para su representación ante la SIE, debidamente legalizado y registrado en la Procuraduría General de la República o acta de asamblea en la cual se otorgue estos poderes al representante, en los casos en que aplique.
  7. Informe y documentación adicional de soporte que demuestre la estructura organizacional de la empresa, en cuanto a capital humano, respecto a la instalación y manejo de la infraestructura para cumplir con las obligaciones y deberes establecidos para la operación de estaciones de recarga de VE, así como también la capacidad de responder a las quejas y prestar debidamente el servicio al cliente.
  8. Formulario de Solicitud de Autorización para Gestión de Infraestructura de Recarga Eléctrica, anexo al presente Reglamento (ver Anexo 1).
  9. Comprobante de pago ante la SIE de la correspondiente Tasa Administrativa por Servicio, la cual estará publicada en Resolución de Servicios SIE emitida para estos fines.

Procedimiento para la solicitud

  1. El Solicitante deberá enviar documentación requerida al correo movilidadelectrica@sie.gov.do, solicitando la autorización a fin de realizar una evaluación preliminar de los requerimientos correspondiente al servicio solicitado.
  2. Asistir a reunión para evaluar el sometimiento preliminar, en caso de ser requerido.
  3. Una vez se valide su solicitud preliminar, recibirá una autorización de pago por servicio.
  4. Completar formulario del servicio solicitado y todos los documentos deben ser entregados/depositados en Secretaría General de la Superintendencia de Electricidad SIE, 1 original y 3 copias de toda la documentación de la solicitud.
  5. Para más precisión y ampliación de cualquiera de los requerimientos listados, ver Reglamento técnico para estaciones de recarga de vehículos eléctricos.

 

Horario de Prestación del Servicio

Lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m.

Costo del Servicio

RD$40,000.00

Tiempo de Realización

30 días laborables una vez realizado el pago del servicio

Canal de Prestación del Servicio

Presencial y digital

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